BARTOLOMÉ DE LAS
CASAS Y LOS DERECHOS HUMANOS
La persona y
obra de Fray Bartolomé de las Casas (1484-1566) se nos presenta en nuestro
tiempo estrechamente ligada a la teoría y práctica de los derechos humanos.
Bartolomé de las Casas fue el defensor de los indios y, por ende, defensor de
los hombres, de todos los hombres, de todos los oprimidos en todos los tiempos
y en todos los lugares. Defenderá sus derechos como seres humanos, personas
racionales y libres, y luchará por conseguir para ellos la dignidad, la
libertad, la justicia, preservar su cultura, su tierra y sus bienes.
Durante cinco siglos
su figura ha estado rodeada de polémica: para unos, es el gran promotor de los
derechos humanos, como defensor de los indios y de todos los hombres,
particularmente los oprimidos; para otros, ha sido gran agitador de masas,
personalidad obsesiva-compulsiva, cuyos escritos panfletarios contribuyeron a
la leyenda negra contra España.
Comentamos
algunos aspectos relevantes de la vida y la obra de Bartolomé de Las Casas,
particularmente su antropología filosófica y la caracterización de los derechos
naturales del ser humano. Los derechos naturales es la formulación de la época
de lo que posteriormente se desarrollará como derechos humanos. Caracterizamos
brevemente, desde una perspectiva histórica y temática, las tres generaciones
de los derechos humanos, para considerar la figura de Fray Bartolomé de las
Casas como destacado representante de lo que calificamos como “generación
cero”.
La Declaración
Universal de los Derechos Humanos, 1948, ha adquirido un progresivo
reconocimiento y presencia en la conciencia de los hombres, en los
ordenamientos jurídicos de los Estados, y en las políticas de los gobiernos,
pero sigue planteándose como el gran desafío para el futuro de la humanidad: el
garantizar todos los derechos humanos para todos los seres humanos, puesto que
la humanidad es una, como ya argumentara Bartolomé de Las Casas. En el
desarrollo de los derechos humanos se han diferenciado tres etapas –tres
generaciones-, además de la denominada “generación cero”, que está referida a
ese largo pasado de tradiciones religiosas, filosóficas y culturales, que
recogen las aspiraciones de dignidad, libertad, justicia y felicidad del ser
humano. En ese pasado y en primera línea, se nos presentan autores españoles
como Pedro de Córdoba, Antón de Montesinos, Francisco de Vitoria, Domingo de
Soto, Melchor Cano, que ya en el siglo XVI, y desde un espíritu humanista y
humanitario, son los primeros tratadistas de los derechos naturales y del
derecho de gentes. En este prestigioso grupo de pensadores españoles de modo especial
destaca Fray Bartolomé de Las Casas.
VIDA Y OBRA DE
BARTOLOMÉ DE LAS CASAS BARTOLOMÉ DE LAS CASAS (1484-1566)
Fraile dominico
español, cronista, historiador, filósofo, teólogo, jurista, obispo de Chiapas,
es reconocido como el gran defensor de los indígenas americanos. Nació en
Sevilla, donde cursó estudios de latín y humanidades. El curriculum de la época
era el trilingüe (latín, griego y hebreo), el trivium, (gramática, retórica y
dialéctica) y el cuatrivium (aritmética, geometría, astronomía y música). A los
nueve años, el 31 de marzo de 1493, vivió un suceso memorable: el regreso a
Sevilla de Colón que volvía del descubrimiento de América con “gran alarde de
indígenas, loros y papagayos”. Meses después, el 25 de septiembre, su padre,
Pedro de las Casas y el tío, Francisco de Peñalosa, embarcaron en el segundo
viaje de Colón. En 1494, regresó su padre con un indio taíno esclavo, que
estuvo con Bartolomé hasta 1500 cuando, por orden de Isabel la Católica, fue
devuelto a América, junto con los otros indios traídos a España.
En 1502,
Bartolomé de Las Casas embarcó para la isla La Española o Santo Domingo, en la
flota del nuevo gobernador Nicolás de Ovando, movido por la sed de aventuras y
afán de riqueza propias de un joven de dieciocho años. En La Española, fue
colono, minero y encomendero. A las órdenes del gobernador Nicolás de Ovando y
del capitán Diego Velázquez, toma parte en las luchas contra los indios en
Xaraguá, donde recibe como recompensa un indio de esclavo. También lucha contra
los indios en Higüey, y recibe un grupo de indios en encomienda, con los que
instala una labranza, cerca del poblado de Concepción de la Vega.
En 1506, regresó
a Sevilla y continuó viaje a Roma donde, según algunos autores, es ordenado
sacerdote en 1507. (Según otros investigadores habría sido ordenado sacerdote
por el obispo de Puerto Rico, don Alonso Manso, no antes de diciembre de 1512,
cuando el primer obispo llegó a las Indias). Había viajado acompañando a
Bartolomé Colón, para visitar al Papa. El regreso a España fue en compañía del
rey Fernando el Católico. En 1508 vuelve a La Española, donde el almirante
Diego Colón le concede una encomienda en La Concepción. En 1510, llegan los
primeros frailes dominicos a la isla, dirigidos por fray Pedro de Córdoba. En 1511,
vivió el conflicto de los conquistadores con los frailes dominicos,
especialmente el famoso sermón de fray Antón de Montesinos, denunciando el
trato inhumano que se estaba dando a los esclavos indígenas. En La Historia de
las Indias, recoge este suceso. El domingo 21 de diciembre subió al púlpito
fray Antón de Montesinos y tomó por tema de su sermón, que ya llevaba escrito y
aprobado por el resto de la comunidad, el trato indigno dado a los indígenas:
“todos estáis en pecado mortal y en él vivís y morís por la crueldad y tiranía
que usáis con estas inocentes gentes. Decid, ¿con qué derecho y con qué
justicia tenéis en tal cruel y horrible servidumbre a estos indios? Con qué
autoridad habéis hecho tan detestables guerras a estas gentes que estaban en sus
tierras mansas y pacíficas; ¿dónde tan infinitas de ellas, con muertes y
estragos nunca oídos, habéis consumido? ¿Cómo los tenéis tan opresos y
fatigados, sin dales de comer ni curar
sus enfermedades, que de los excesivos trabajos que les dais incurren y
se os mueren, y por mejor decir, los matáis, por sacar y adquirir oro cada día?
¿Y qué cuidado tenéis de quien los doctrine, y conozcan a su Dios y criador,
sean bautizados, oigan misa, guarden las fiestas y domingos? ¿Estos, no son
hombres? ¿No tienen ánimas racionales? ¿No sois obligados a amaros como a
vosotros mismos? ¿Esto no sentís? ¿Cómo estáis en tanta profundidad de sueño
tan letárgico dormidos? Tened por cierto, que en el estado que estáis, no
podéis más salvar que los moros o turcos que carecen y no quieren la fe de
Jesucristo” (Historia de las Indias. Obras Completas (en adelante OC) 5,
1761-1762).
El sermón, a
juicio de Las Casas, dejó atónito al auditorio, como fuera de sentido, algunos
incluso compungidos, pero ninguno convertido. Ante las denuncias de los
dominicos, el rey Fernando convocó una junta de teólogos y juristas, y como
resultado de sus deliberaciones se promulgaron las Leyes de Burgos, el 27 de
diciembre de 1512.
En la Historia
de Indias, Bartolomé de las Casas realiza un minucioso análisis crítico de
estas leyes. 4 En 1512, es ordenado sacerdote. Muy probablemente recibió la
ordenación del obispo de Puerto Rico, Alonso Manso. Lo recoge en la Historia de
Indias, (OC. 4, 1519): “En este mismo año había cantado misa nueva un clérigo
llamado Bartolomé de las Casas, natural de Sevilla, de los antiguos de esta
isla, la cual fue la primera que se cantó nueva en todas estas Indias y, por
ser la primera fue muy celebrada y festejada del Almirante y de todos”. También
este año vendió la hacienda que tenía en La Española, y se unió a la conquista
de Cuba como capellán de los conquistadores, recibiendo en la isla una buena
encomienda, que administra junto a Pedro de Rentería, hasta 1514. Hasta esta
fecha Bartolomé de las Casas fue pues, colono, minero, encomendero, además de
clérigo. Él mismo escribe que en esa época se ocupaba “en mandar sus indios de
repartimiento en las minas para sacar oro y hacer sementeras y aprovechándose
de ellos cuánto podía”. Cuando Bartolomé se proponía viajar a Cuba se confesó
con un dominico, que le negó la absolución por tener indios de encomienda.
A mediados de
1514, Fray Bartolomé toma conciencia de las inhumanas condiciones en que viven
los indios, criticando como radicalmente injusta la institución de la encomienda.
Considerará a los indios como los únicos y legítimos dueños de las tierras del
Nuevo Mundo. Ante Diego Velazquez, renuncia a sus indios, y el 15 de agosto de
1514, dice misa y en la predicación públicamente se compromete a cambiar su
vida y dedicarla a la defensa de los indios. Es su “primera conversión” a sus
treinta años de edad. Se propone presentarse ante el rey Fernando el Católico
para mostrarle y convencerle de los continuos abusos y atropellos que se están
cometiendo con los indios, y de que las leyes no se respetan. Bartolomé de las
Casas y fray Antón de Montesinos viajan a España presentando las denuncias,
primero ante el rey Fernando, el 23 de diciembre de 1515, y después ante el
Cardenal Cisneros, pues el rey Fernando muere en 1516. Bartolomé piensa viajar
a Flandes, donde estaba Carlos V, pero el Cardenal Cisneros le disuade,
comprometiéndose a dar cumplimento a sus deseos y trasmitir las quejas.
Cisneros envía a un grupo de frailes jerónimos para investigar las denuncias y
nombra a Bartolomé de Las Casas “protector de los indios”, en 1516, cargo con
el que regresará a América muy decidido a cumplirlo. Vivirá la situación
conflictiva con los frailes jerónimos, a quienes considera incapaces de
resolver los problemas. Volverá a España y, el 19 de mayo de 1520, obtendrá una
capitulación para realizar una colonización pacífica en la costa de Paria,
actual Venezuela. Su idea era establecer a labradores y granjeros, propiciando
de manera pacífica el acercamiento a los indios que conservarían plenamente su
libertad y, sin violencia, serían evangelizados.
En 1521, tras el
estrepitoso fracaso de colonización pacífica, pues los indios acaban con la
mayoría de los campesinos, reemprenderá viaje a Santo Domingo. Cansado y
derrotado en su proyecto más querido, vuelve al refugio del convento dominico.
Un año después, en 1522, decide ingresar en la Orden de Predicadores, lo que se
ha llamado “segunda conversión”, en la Isla Española, en el convento de la
Villa de Santo Domingo, pasando de sacerdote diocesano, dueño de propiedades, a
dominico despojado de toda propiedad, sometido a sus superiores, y dedicado a
la evangelización. Aunque era sacerdote y contaba 37 años de edad, se le exigió
más de tres años de estudio en la Orden. Cabe pensar que el estudio, las
lecturas, la reflexión y elaboración doctrinal de Bartolomé de Las Casas,
estaría muy orientado y condicionado desde sus experiencias y vivencias previas
con los indios, en sus años de encomendero. Durante esos años de vida
conventual, de 1522 a 1526, es un tiempo de estudio, profundizando en la
doctrina teológica, filosófica y jurídica de Santo Tomás, Cardenal Cayetano,
Francisco de Vitoria, entre otros muchos autores. Escribe una de sus grandes
obras, De unico vocationis modo omnium gentium ad veram religionem, que
contiene la estructura vertebral de la doctrina lascasiana. Argumenta que la
conversión de los indios al evangelio debe lograrse exclusivamente mediante la
persuasión y nunca por la violencia. Se muestra como gran defensor de los
indios.
Es esta obra la
más teórica, teológica y jurídica, y también de extraordinaria relevancia
práctica. La justificación de la presencia de España en las Indias solamente
viene dada por la salvación del indio mediante la evangelización. La encomienda
lleva realmente a la máxima injusticia que es la esclavitud, una inmoralidad
colectiva, que a su vez desencadena guerra con sus efectos destructores.
Defiende vehementemente la racionalidad del indio, sujeto de derechos
naturales, libertad y propiedad. Sólo hay un camino establecido por Dios para
que los hombres reciban la religión verdadera: “la persuasión del entendimiento
por medio de razones y la invitación de la voluntad”. “Única, sola e idéntica
para todo el mundo y para todos los tiempos fue a la norma establecida por la
divina providencia para enseñar a los hombres la verdadera religión, a saber:
persuasiva del entendimiento con razones y suavemente atractiva y exhortativa
de la voluntad. Y debe ser común a todos los hombres del mundo sin
discriminación alguna de sectas, errores o costumbres depravadas” (De unico
vocationis modo. OC. 2, 17). 6 Pasados tres años de vida en la comunidad, se le
encarga, en 1526, una empresa laboriosa y también honorífica: fundar y regentar
un nuevo convento en Puerto Plata (Isla Española). Es nombrado prior y
reelegido en 1530 y 1531. En estos años comienza a escribir la Historia de las
Indias. Allí pasará un tiempo tranquilo dedicado al estudio, antes de volver
implicarse en la misión de denunciar los pecados e injusticias de los encomenderos
y defender los derechos de los indios.
Los colonos
consiguen su traslado a Santo Domingo y escribirán una acusadora carta al rey,
dándole cuenta del desasosiego y escándalo sembrado en la villa. El Consejo de
Indias le remitirá una seria amonestación. A finales de 1534, Fray Bartolomé y
otros dominicos emprenden un viaje al Perú para trabajar en defensa de los
indios y fortalecer también las actividades de su orden. Dificultades varias
impidieron a Las Casas llegar a su destino quedando en Nicaragua, primero, y
Guatemala y México, después. En Guatemala ensaya Fray Bartolomé, con más éxito,
el plan de evangelización y colonización pacífica, que había intentado en
Cumaná y en Nicaragua con resultados tan adversos. En Vera Paz pone a prueba el
proyecto que había trazado en su obra De unico vocationis modo, procurando la
conversión de los indígenas a la verdadera religión por el único método del
diálogo y la persuasión, para lo cual se prohibía la entrada a ningún español.
En 1538, asiste al Capítulo Provincial de México, en el convento de Santo
Domingo.
Durante esta
estancia en México, consigue cartas de recomendación del virrey Don Antonio de
Mendoza y otros, para viajar de nuevo a España, y entrevistarse con el
emperador Carlos V en favor de los indios. En 1540 viajará a España, convencido
de que es en la corte española donde se da la batalla por los derechos del
indio. En 1542, Carlos V convoca a los mejores teólogos y se celebran las
Juntas de Valladolid. El resultado de las discusiones allí habidas llevó a la
promulgación, el 20 de noviembre de 1542, de las Nuevas Leyes de Indias, en las
que se prohibía la esclavitud de los indios y se ordenaba que todos quedaran
libres de los encomenderos y pasaran a la directa protección de la corona. Se
disponía también que en las nuevas exploraciones y conquistas de tierras debían
estar presentes religiosos, para asegurar la forma pacífica de diálogo y
persuasión para la conversión al cristianismo. Las Casas, que había criticado
duramente las Viejas leyes de Burgos-Valladolid de 1512-1523, reconoce avances
en las Nuevas Leyes de Indias, y las saluda como buen comienzo, pero como era
previsible no se cumplieron. En este año escribió la Brevísima relación de la
destrucción de las Indias, para argumentar sus demandas en pro de los indios,
denunciando con crudeza y sin paliativos las atrocidades cometidas por los
conquistadores. Los antilascasianos han querido ver en este escrito el origen
de la leyenda negra contra España.
En 1542 es
nombrado obispo de Cuzco, pero no acepta y propone en su lugar a Bartolomé de
Carranza, (también dominico que será procesado años después por la
Inquisición). En 1543, es nombrado obispo de Chiapas. Vuelve a declinar el
nombramiento, pero sus compañeros de Orden le convencen de la bondad de tal
honor para defender con mayor fuerza la causa indígena. En el obispado se
incluía la diócesis de la región de Texulutlán, donde se desarrollaba el
proyecto de evangelización pacífica de Vera Paz. Consagrado obispo en el
convento de San Pablo de Sevilla, se embarcó en julio de 1544 con rumbo a La
Española y de allí a Chiapas en un viaje muy accidentado, con 46 dominicos.
La aventura
episcopal de Chiapas se acabó de modo parecido a la aventura colonizadora de
Cumaná, de las que al menos salió con vida. En Chiapas se encuentra con una
situación muy problemática. Los españoles encomenderos se oponen al
cumplimiento de las Leyes Nuevas, que les privan de tantos beneficios y
privilegios. Ven en el nuevo obispo el principal valedor de esas leyes y lo
consideran enemigo. Bartolomé de Las Casas intenta fundar un convento dominico,
pero es tal la oposición que llega hasta intento de asesinato. Redactó los doce
puntos de su Confesionario, y dispuso que nadie pudiera absolver de los pecados
a quienes tuvieran indios esclavos. Excomulgó a los encomenderos. Se enfrentó
con la feligresía y los mismos clérigos. Se traslada nuevamente a México, en
1546, para participar en una junta de prelados y religiosos donde se discutió
sobre el cumplimiento de las nuevas leyes con muy escaso éxito. Tiene
enfrentamientos con el virrey Antonio de Mendoza, y no muy buenas relaciones
con los obispos de Guatemala y Nicaragua. Viaja nuevamente a España en 1547 (el
décimo y último de sus viajes). Eligió como lugar de residencia el colegio de
San Gregorio, en Valladolid, lugar de la corte y principal centro de estudio y
formación de la orden dominicana. Continuará trabajando en sus obras,
especialmente la Historia de las Indias.
En 1550, “su
majestad mandó hacer una congregación en la villa de Valladolid, de letrados,
teólogos y juristas que se juntasen en el Consejo Real de las Indias para que
platicasen y determinasen si contra la gente de aquellos reinos se podían
lícitamente y salva justicia, sin haber cometido nuevas culpas más de las de su
infidelidad cometidas, mover guerras que llaman conquistas”. Conviene hacer
notar que, por primera vez, y quizá por última, un imperio organizó oficialmente una encuesta sobre la
justicia de los métodos empleados para extender su dominio. Es muy famoso el
debate entre Fray Bartolomé de las Casas y Juan Ginés de Sepúlveda.
El texto de
Sepúlveda, Democrates alter, sostenía la inferioridad de los indios y la
conveniencia de su sometimiento a sus conquistadores. Las Casas hizo lo
imposible ante el Consejo de las Indias y el Consejo de Castilla, impidiendo su
publicación. Pero un resumen del mismo, con el título de Apología, lo
conseguirá publicar en Roma. Contraatacó Las Casas: “deliberó el dicho obispo
de Chiapa escribir cierta Apología, también en romance, contra el Sumario del
Doctor, en defensa de los indios, impugnando y aniquilando sus fundamentos, y
respondiendo a las razones y a todo lo que el doctor pensaba que le favorecía,
declarando al pueblo los peligros, escándalos y daños que contiene su
doctrina”.
El Consejo citó
a Sepúlveda y Las Casas para que expusieran sus tesis. Primero intervino
Sepúlveda durante dos o tres horas, sin leer y sin que asistiera Las Casas.
Después llamaron al obispo quien en “cinco días continuos leyó toda su
Apología”. Tampoco en este caso estuvo presente Sepúlveda. Domingo de Soto fue
encargado de resumir la argumentación de uno y otro, con satisfacción general.
Sepúlveda coligió doce objeciones contra sí, a las cuales dio por escrito doce
respuestas, y contra ellas volvió a hacer el obispo doce réplicas. Conviene notar
que ni el Demócratas alter del doctor, ni la Apología del obispo se publicaron
entonces. La cuestión central era “si es lícito a Su Majestad hacer guerra a
aquellos indios antes que se les predique la Fe para sujetarlos a su Imperio, y
que después de sujetados puedan más fácil y cómodamente ser enseñados y
alumbrados por la doctrina evangélica del conocimiento de sus errores y de la
verdad cristiana”.
Sepúlveda
defenderá la respuesta afirmativa a esta cuestión afirmando que la guerra no es
sólo lícita y justa, sino también conveniente. Argumenta en cuatro razones: la
gravedad de los delitos que cometen los indios, en especial la idolatría y los
pecados contra natura; la naturaleza servil y bárbara; los sacrificios de
hombres y la antropofagia; la predicación del Evangelio sería más cómoda y
eficaz si antes se les ha sometido. Fray Bartolomé de Las Casas defendía la
racionalidad, libertad y dignidad del indio, así como el carácter radicalmente
injusto, inicuo y tirano de la guerra y la conquista. Para Las Casas el único
título para la intervención en el Nuevo Mundo es la donación pontificia y el
mandamiento de Cristo de “id y predicar el Evangelio a todas las gentes” y la
predicación “no in armis”, sino en paz y mediante la persuasión. La disputa
terminó en tablas, para unos ganó el
obispo y para otros el doctor. La Junta no llegó a emitir el informe final y la
conquista siguió adelante. Fray Bartolomé decide renunciar al obispado de
Chiapas, en 1550, para dedicarse en España a la redacción y publicación de sus
obras y a obtener cédulas reales a favor de los indios.
Así, en 1552,
obtuvo el envío de más misioneros a las Indias, si bien tras numerosas
vicisitudes y con escaso resultado práctico. En este mismo año publica los
famosos ocho tratados que podemos clasificar en tres tipos: a) de Crónica
indiana, La brevísima relación de destrucción de Indias; b) de ética-moral,
Confesionario, Octavo remedio, Esclavos; c) de política indiana, Controversia,
Treinta proposiciones, Tratado comprobatorio, Principia quaedam.
La Brevísima
relación de destrucción de Indias es el relato más negro y demoledor que se ha
escrito sobre la obra española en el Nuevo Mundo. Científicamente es muy
inferior a la Historia de las Indias y a la Apologética Historia. Su carácter
es más panfletario, con escaso rigor metodológico, con exageraciones y hasta
falsificaciones. Por su gran difusión ha sido una pieza angular para la
construcción de la leyenda negra sobre la colonización española: “todas estas
universos e infinitas gentes a todo genere creó Dios los más simples, sin
maldades ni dobleces, obedentísimas y fidelísimas… más humildes, más pacientes,
más pacíficas y quietas, sin rencillas y bullicios, no rijosos, no querellosos,
sin rencores, sin odios, sin desear venganzas, que hay en el mundo…. Son eso
mismo de limpios o desocupados e vivos entendimientos, muy capaces e dóciles
para toda buena doctrina…De estas ovejas mansas, y de las calidades susodichas
por su Hacedor y Criador así dotadas, entraron los españoles, desde luego que las
conocieron, como lobos e tigres y leones, cruelísimos de muchos días
hambrientos. Y otra cosa no han hecho de cuarenta años a esta parte, hasta hoy,
e hoy en este día lo hacen, sino despedazarlas, matarlas, angustiarlas,
afligirlas, atormentarlas y destruirlas por las extrañas y nuevas e varias e
nunca otras tales vistas, ni leídas ni oídas maneras de crueldad” (OC. 10, 34).
También en estos
años continúa la redacción de la Historia de las Indias y la Apologética
historia sumaria. La Historia de las Indias además de ser la historia del Nuevo
Mundo tiene carácter autobiográfico. La comenzó a concebir en 1527 y nunca la
terminó. En 1559 la legó manuscrita al Colegio de San Gregorio con el
compromiso de que no se publicase en lo que restaba de siglo.
Hasta 1875, no
vio la publicación esta obra escrita con tanto esfuerzo y tanto amor, pues
estaba concebida desde lo que podríamos llamar providencialismo (Dios es autor
y rector de la vida humana) y humanismo (los indios son hombres y como seres
racionales tiene tal dignidad). Es una obra de difícil lectura por su gran
extensión, desorden y sintaxis complicada.
La Apologética
historia sumaria es todo un tratado de antropología comparada en el que compara
las culturas indígenas a las de la antigüedad clásica, subrayando las virtudes
y grandes merecimientos de los habitantes del Nuevo Mundo. La Brevísima era un
catálogo de los crímenes y monstruosidades hechos por los conquistadores, la
Apologética recoge todas las excelencias de los indios llevadas a los extremos
más increíbles. Es una obra de historia natural y moral, de geografía física,
humana y antropología cultural. El título resulta ilustrativo: Apologética
historia sumaria, cuanto a las cualidades, disposición, descripción, cielo y
suelo de estas tierras, y condiciones naturales, policías, repúblicas, maneras
de vivir y costumbres de estas Indias occidentales, cuyo imperio soberano
pertenece a los Reyes de Castilla (Apologética historia sumaria. OC. 6 a 8).
Las Casas no sólo defendía la dignidad y libertad de los indios, sino también
su cultura, su tierra y sus bienes. Los últimos años de su vida los pasó en
Madrid. El prestigio de Las Casas quedó seriamente tocado ante el Consejo de
Indias como consecuencia de la edición sevillana de los ocho tratados, sin las
correspondientes licencias.
Ello le llevó a
renunciar a publicar nuevos libros, incluido la Historia de las Indias, en el
que había trabajado con tanto interés e ilusión. Las Pragmáticas Reales le
impidieron publicar libremente. Todavía escribió varios memoriales, así como
las obras tituladas De thesauris y Doce dudas, en las que defiende el derecho
de propiedad de los indios a sus tierras y tesoros. Días antes de morir preparó
su último memorial para el Consejo de Indias, en el que hace una defensa de su
vida y su obra a favor de los indios, y denuncia las dos especies de tiranía,
una “la que llamaron conquistas en aquellos reinos, no nuestros, sino ajenos,
de los reyes y señores naturales, en cuya pacífica posesión los hallamos. La
otra fue y es la tiránica gobernación, mucho más injusta y más cruel que la con
qué el Faraón oprimió en Egipto a los judíos, a que pusieron por nombre
repartimientos o encomiendas”.
Solicita que el
Consejo estudie sus argumentaciones, que él sintetiza en las siguientes conclusiones:
“La primera, que todas las guerras que llamaron conquistas fueron y son
injustísimas y de propios tiranos. La segunda, que todos los reinos y señoríos
de la Indias tenemos usurpados. La tercera, que las encomiendas y
repartimientos de indios son iniquísimos, y de ser se malos, y así tiránicos, y
la tal gobernación tiránica. La cuarta, que todos los que las dan pecan
mortalmente, y los que las tienen están siempre en pecado mortal, y si no las
dejan, no se podrán salvar. La quinta, que el Rey, nuestro señor, que Dios
prospere y guarde, con todo cuanto poder Dios le dio, no puede justificar las
guerras y robos hechos a estas gentes, ni los dichos repartimientos o
encomiendas, más que justificar las guerras y robos que hacen en los turcos al
pueblo cristiano. La sexta, que todo cuanto oro y plata, perlas y otras
riquezas que han venido a España, y en las Indias se trata entre nuestros
españoles, muy poquito sacado, es todo robado. Digo poquito sacado, por lo que
sea quizá de las islas y partes que ya hemos despoblado. La séptima, que si no
lo restituyen los que lo han robado y hoy roban por conquistas y por
repartimientos o encomiendas y los que de ello participan, no podrán salvarse.
La octava, que
las gentes naturales de todas las partes y cualquiera de ellas donde habremos
entrado en las Indias, tiene derecho adquirido de hacernos guerra justísima y
traernos del haz de la tierra, y este derecho les durará hasta el día del
Juicio” (Vida y obras. OC. 1, 383).
Murió, días
después, el 18 de julio de 1566, en el convento de Nuestra Señora de Atocha, en
Madrid, y fue sepultado en la capilla mayor del convento. La vida y obra de
Bartolomé de las Casas es la respuesta a la denuncia de Montesinos en el famoso
sermón: “Los indios, ¿no son hombres, no tienen ánimas racionales? Reafirmará,
una y otra vez, la humanidad del indio, la racionalidad, la dignidad y
libertad, el derecho a su tierra y a sus tesoros, a su cultura, a su
autodeterminación como pueblo.
Ningún estado,
ni rey ni emperador pueden enajenar territorios, ni cambiar régimen político de
los pueblos o naciones sin consentimiento expreso de sus habitantes (De regia
potestate. OC. 12, 99). Bartolomé de Las Casas dedicó su vida y su obra a la
defensa de los derechos del hombre, de todos los hombres (indios, españoles y
negros), sin distinciones. En el siglo XVI imaginó y deseó fervientemente para
el Nuevo Mundo otros caminos, visualizando los peligros y desgracias, si no se
modificaba el rumbo. Quinientos años después sus denuncias siguen vigentes y
nos animan a pensar en otro mundo posible y luchar por alcanzarlo.
ANTROPOLOGÍA
FILOSÓFICA DE BARTOLOMÉ DE LAS CASAS: Derechos naturales y derechos humanos. El
marco teórico en el que se sitúa Bartolomé de Las Casas es la filosofía
escolástica y el humanismo renacentista. Más concretamente, la filosofía
escolástica es la filosofía tomista de la Escuela de Salamanca, como no podía
ser de otro modo tratándose de un fraile dominico del siglo XVI. Además de la
filosofía de Santo Tomás, está especialmente atento a las interpretaciones y
desarrollos de Francisco de Vitoria.
La filosofía
escolástica procura conjugar y conciliar dos vías: el discurso natural propio
de la razón humana y la revelación cristiana. Para la filosofía escolástica la
dignidad del hombre le viene dada por ser creado por Dios, padre de todos los
hombres, mientras que el humanismo renacentista reconocerá tal dignidad en el
hombre por sí mismo, y el lugar que ocupa en el cosmos. Bartolomé de Las Casas
argumentará la dignidad del hombre por ser creatura de Dios, pero también por
sí mismo, ya que las naturalezas creadas tienen autonomía propia. Así defenderá
la dignidad de los indios con argumentos escolásticos y también propios del
renacimiento y humanismo Para Bartolomé de Las Casas, el hombre, precisamente
por su naturaleza, tiene unos derechos naturales.
En el plano
filosófico, el hombre, por su naturaleza racional y volitiva, tiene una
dignidad que le hace acreedor de determinados derechos de forma connatural e
inalienable. En el plano teológico, la dignidad le viene dada por ser criatura
de Dios, a su imagen y semejanza. Ambos planos, el natural y el revelado, lo
comparten todos los hombres que, en su dignidad, son todos absolutamente
iguales, como miembros todos de la especie humana. Para la escolástica, el
hombre es por naturaleza animal racional. Esta es su definición. La animalidad
y racionalidad son sus notas esenciales, y tanto de una como la otra se derivan
ciertas necesidades o inclinaciones naturales que el hombre tiene derecho a
satisfacer, que generan derechos. De la animalidad surgen las necesidades
propias de la vida, corpórea, vegetativa y sensitiva, que engendran derechos,
como el derecho a la vida misma que conlleva las condiciones materiales para
una vida digna y de calidad humana: vivienda, alimento, agua, vestido, trabajo,
salud. De la racionalidad surgen los derechos al conocimiento y a la libertad.
El hombre tiene
derecho a la libertad de pensamiento y de acción, en el marco del bien común.
Tiene derecho a vivir en sociedad, a aceptar a sus gobernantes, a practicar
libremente una religión, a comunicarla a los demás.
Bartolomé de Las
Casas defiende los mismos derechos para los indios y para los españoles
(también para los negros), si bien en estricta justicia tendrá en primer plano
la defensa de los que él considera más débiles, los indios. En los indios, como
seres humanos de plenos derechos, argumenta su racionalidad, libertad,
sociabilidad, derecho a gobernarse, a preservar su cultura, tener posesiones y
tierras, a aceptar libremente la religión cristiana. Los españoles tienen
derechos a establecerse en otras tierras y tener posesiones, a comunicar su
cultura, a predicar el evangelio, pero todo ello preservando los derechos de los
indios y el bien común. Todos los hombres son racionales y libres. Todos los
hombres tienen la misma estructura de cuerpo y alma. Todos están dotados de
entendimiento y voluntad.
Todos son
racionales y libres. Todos pertenecen al mismo linaje. “Porque todas las
naciones del mundo son hombres, y de todos los hombres y de cada uno de ellos
es una, no más, la definición, y esta es que son racionales; todos tienen su
entendimiento y su voluntad, y su libre albedrío, como sean formados a la
imagen y semejanza de Dios. Todos los hombres tienen sus cinco sentidos
exteriores y sus cuatro interiores, y se mueven por los mismos objetos dellos;
todos tienen los principios naturales o simientes para entender y aprender y
saber las ciencias y cosas que no saben, y esto no sólo en los bienes
inclinados, pero también se hallan en los que por depravadas costumbres son
malos. Todos se huelgan con el bien y sienten placer con los sabroso y alegre,
y todos desechan y aborrecen el mal, y se alteran con lo que les hace daño. Así
que todo linaje de los hombres es uno, y todos los hombres cuanto a su creación
y a las cosas naturales son semejantes, y ninguno nace enseñado, y así todos
tienen necesidad de a los principios ser de otros, que nacieron primero guiados
y ayudados. De manera que, cuando algunas gentes tales silvestres en el mundo
se hallan, son como tierra no labrada, que producen fácilmente malas hierbas y
espinas inútiles, pero tienen dentro de sí virtud tanta natural, que labrándola
y cultivándola dan frutos domésticos, sanos y provechosos.
Todas las
naciones del mundo tienen entendimiento y voluntad, y lo que de ambas a dos
éstas potencian en el hombre, resulta que es el libre albedrío, y por
consiguiente todos tienen virtud y habilidad o capacidad a esta buena inclinación
natural para ser doctrinados persuadidos y atraídos a orden y razón, y a leyes,
y a la virtud y a toda bondad“ (Apologética historia sumaria, II, OC. 7.
536-537). En el debate con Juan Ginés de Sepúlveda, éste argumentaba que los
indios eran siervos por naturaleza, por ser salvajes o bárbaros tienen que ser
gobernados por los que son superiores a ellos, los españoles.
Para Las Casas
los indios no son bárbaros por
naturaleza, ni siquiera tienen la racionalidad disminuida, y por tanto
son aptos para gobernarse. La naturaleza no hace nada en vano y no puede hacer
a todo un pueblo incapaz de gobernarse. Además, si fuera fallo de la
naturaleza, lo sería de Dios que es su creador. Ciertamente los indios tienen
algunos comportamientos salvajes, pero son susceptibles de modificación por la
educación y evangelización para que puedan gobernarse y comportarse
adecuadamente. Tal enseñanza y ayuda es a plazo limitado.
La filosofía
escolástica de Las Casas es más humanista que la filosofía renacentista de
Sepúlveda, que podría aparecer como más representativa de la modernidad de la
época, y que veía a los indios como intrínsecamente perversos y dignos de
castigo, por sus crímenes de lesa humanidad (sacrificios humanos y
antropofagía). Es que para unos la humanista era la que se mostraba en la
civilización europea de la época, mientras que, para Las Casas, la humanista
era consustancial al indio, por ser hombre. Las Casas reivindica la cultura
indígena. Su obra Historia de las Indias es el mejor exponente. Los indios han
generado una cultura de grandes conquistas, superior en algunos aspectos a la
grecorromana, y por tanto es merecedora de reconocimiento y valoración.
Pero tal
consideración no le lleva a posiciones relativistas de considerar a cualquier
cultura como igualmente valiosa, pues admite que presenta desviaciones de la
razón y la naturaleza humana y por tanto necesita de correcciones mediante la
educación y evangelización. Derecho a la libertad. Todos los hombres son
iguales y comparten la misma naturaleza racional. Por su entendimiento y
voluntad todos los hombres nacen libres. Dios no hizo a un hombre esclavo de
otro, sino que a todos concedió idéntico arbitrio y ninguna criatura racional
debe subordinarse a otra. Si todos los hombres son libres por naturaleza, la
esclavitud o servidumbre no puede ser natural, sino meramente accidental. Por
ello la libertad es de derecho natural, mientras que la esclavitud sólo puede
ser de derecho de gentes y de derecho positivo. En un principio todos los
hombres eran iguales y libres, sólo de manera accidental un hombre se
constituyó en dueño de otro. Si la naturaleza humana es universal e igual para
todos los hombres, se ha de reconocer esa dignidad ontológica en todos, sean
europeos, indios o negros.
Frente a Sepúlveda
y otros que pretendían negar la plena racionalidad, y por tanto libertad, de
los indios, Bartolomé de Las Casas escribirá la Apologética historia sumaria
para demostrar la plena racionalidad y libertad de los indios, poniendo en
valor sus capacidades corporales e intelectuales, sus conocimientos, la cultura
que desarrollaron, las costumbres y modo de vida, la política, arquitectura,
hasta su sentido 15 religioso. Sólo cuestiona las prácticas absolutamente
rechazables de sacrificios humanos y antropofagia, susceptibles de eliminarse
mediante la educación y evangelización. “ Y así queda declarado, demostrado y
abiertamente concluido, desde el capítulo
hasta el fin de este libro, ser todas estas gentes estas nuestras Indias
políticas, bien gobernadas (cuanto es posible por vía natural y humana, sin
lumbre de fe) y que tenían sus repúblicas, lugares, villas y ciudades
suficientemente proveídas y abundantes, sin que para vivir política y
socialmente y alcanzar y gozar de la felicidad civil, que en esta vida cualquiera
buena y razonable y proveída y felices república tener y gozar desea, les
faltase nada, unas más y otras poco menos y muchas en gran perfección, todo por
la mayor parte, porque son todas naturalmente de muy sotiles, vivos y claros y
copadísimos entendimientos.
Esto les provino
(después de la voluntad de Dios, que quiso así hacerlas) por la favorable
influencia de los cielos, por la disposición suave de las regiones que Dios es
concedió habitasen, por la clemencia y suavidad de los tiempos, por la
compostura de los miembros y órganos de los sentidos exteriores e interiores,
la bondad y sobriedad de los mantenimientos, la disposición buena y sanidad de
las tierras y lugares y aires locales, la templanza y moderación del comer y
del beber, la tranquilidad y sosiego y sedación de las afecciones sensuales, la
carencia de la solicitud y cuidado cerca de las cosas mundanas y temporales, el
carecer de las perturbaciones que causan las pasiones del anima, que son el
gozo, amor, ira, dolor y los demás, y también a posteriori, que es decir por
las mismas obras que obran y efectos que hacen.
De todas estas
causas universales y superiores y particulares inferiores, naturales y
accidentales, se les siguió, por vía natura primero y después por su industria
y experiencia, ser dotadas de las tres especies que hay de prudencia:
monástica, por la cual el hombre sabe regir a sí mismo; económica, que sabe
regir su casa, y política, que ordena y dispone para regir la ciudad”
(Apologética historia sumaria III. OC. 8, 1571). Derecho a vivir en sociedad.
El derecho a la libertad del hombre se contrapesa con la necesidad y el derecho
de vivir en sociedad. Vivir en sociedad es connatural al hombre, que tiene
derecho a ser aceptado e integrado en una sociedad, en la que pueda satisfacer
sus necesidades, “ya que uno sólo no es suficiente para todo lo necesario a la
vida humana”.
En la sociedad
se dan distintas funciones entre sus miembros: unos son agricultores,
carpinteros, zapateros… y además están los que gobiernan, porque también es
natural que tenga quien le dirija y defienda. Claro que estos gobernantes han
de desempeñar sus funciones con justicia, y orientados al bien común.
“Sin diferencia, infieles o fieles son
animales racionales, y por consiguiente competelles y serles cosa natural vivir
en compañía de otros, y tener ayuntamientos, reinos, lugares y ciudades, y por
consiguiente tener gobernadores y reyes, y competerles tenerlos, y los que lo
son pertenecerles de ley e derecho natural. La razón y prueba es porque el
derecho natural es común a todos los hombres del mundo, y entre todas las
gentes poco más o menos siempre se hallará, como se dice en el Decreto,
distinción: Ius naturale est commune omnium nationum. Luego verdad es competer
a los infieles en sus reinos y provincias tener y ser reyes y reinos, y mando y
jurisdicción sobre sus súbditos de derecho y ley natural, que se llaman reyes o
rectores, caciques o tatoanes, u otro cualquier nombre que tengan, e tienen
toco cuanto poder los reyes acá entre nosotros los cristianos platicamos o
leemos en las leyes y costumbres tener los reyes.
Compete asimismo
a los hombres, pueblos y ayuntamientos tener reyes o gobernadores, y a los que
las tales dignidades y oficios e preminencias tiene, les pertenece de derecho
de las gentes, lo cual probamos así. Como la necesidad de vivir los hombres en
compañía los compeliese a juntarse, y por consiguiente, a tener quien los
rigiese, no pudo ser de otra manera tenerlo, como todos fuesen libres y no uno
más señor del otro que el otro de aquel, sino que todos o la mayor parte
conviniesen y se concertasen en uno, en escoger o elegir a alguno que
cognosciesen ser más prudente o más esforzado y señalado por la naturaleza en
alguna especial gracia o virtud, o también de quien hubiesen en algunas
necesidades que les acaeciesen algún beneficio recibido o le pudiesen recibir,
aquel por rey o rector sobre todos elegían y de su propia voluntad y
consentimiento se le sometían. Y ésta fue la primera causa y motivo que los
pueblos y gentes tuvieron para elegir por reyes a unos más que a otros”
(Tratado comprobatorio del imperio soberano. OC. 10, 454-455) Derecho a tener
gobernantes justos y elegidos libremente.
El hombre tiene
derecho a tener gobernantes y ser gobernado con justicia. La autoridad del
gobernante le viene del pueblo, porque si bien la autoridad procede de Dios, no
se la da directamente al gobernante, si no al pueblo y éste la deposita en la
persona que ha elegido para que gobierne. El pueblo elige a quien le confiere
autoridad y poder para que lo gobierne. El gobierno ha de ser con justicia
porque si el gobernante es injusto pierde la autoridad que volverá al pueblo.
“Los súbditos no están bajo la potestad de quien manda, sino de la ley, ya que
no están debajo de un hombre, sino bajo la ley justa. De lo que se deduce que,
aunque los reyes tengan ciudadanos y súbditos, éstos no son plena y propiamente
posesiones suyas”.
El gobernante
puede ser injusto bien por origen o por desempeño. Es 17 injusto por origen
cuando ha llegado al poder ilícitamente; y es injusto por desempeño cuando
aunque haya sido elegido democráticamente, se vuelve tirano y gobierna
injustamente. Las relaciones del gobernante con los súbditos y de éstos con el
gobernante han de estar bajo los dictados del derecho natural y de las leyes.
El dominio que compete al hombre por derecho natural puede ser de jurisdicción
y de posesión. Los gobernantes legítimos tienen dominio de jurisdicción sobre
sus súbditos, porque es función del gobierno hacer justicia conforme a derecho
y ley. Los súbditos tienen dominio de posesión sobre sus bienes. Desde estos
supuestos Bartolomé de Las Casas argumenta que los indios tenían gobernantes
legítimos, que fueron derrocados injustamente. También tenían posesiones
legítimas de tierras y bienes y fueron privados injustamente de todo. En De
regia potestate (OC, 12, 35-45) argumenta que “las tierras y las cosas, antes
de ser ocupada, no pertenecían a nadie. Es decir que, antes de ser ocupada,
toda cosa era libre. De aquí también se deduce que ninguna cosa inanimada,
ninguna tierra, ninguna herencia, se supone sometida a servidumbre u
obligación… Se llaman alodiales o libres los bienes que no están bajo el
dominio de nadie más que de Dios. Porque todo lo que Dios creó lo hizo para
servicio de todas las gentes que hay bajo el cielo”. “Desde los comienzos del
género humano todos los hombres, todas las tierras y todas las cosas fueron
libres y alodiales, esto es francas y no sujetas a servidumbre, por derecho
natural y de gentes. Esto referido a los seres humanos se demuestra porque
nacen libres como consecuencia de su naturaleza racional. Como todos tienen la
misma naturaleza, Dios no hace a uno siervo del otro, sino que concede a todos
los mismos libres albedríos. La razón de ello es, según Santo Tomás, que la
naturaleza racional, como es per se, no está ordenada a otra que es su fin,
como tampoco un hombre está ordenado a otro, porque la libertad es un derecho
ínsito en el hombre por necesidad, y per se, como consecuencia de la naturaleza
racional, y por ello es de derecho natural.
En cambio, la
esclavitud es algo accidental, que les sobreviene a los hombres por obra del
acaso y de la suerte... Llámese libre quien posee libre albedrío, es decir, la
facultad de disponer libremente, como quiera, de su persona y de sus bienes. La
diferencia entre el hombre y el esclavo consiste en esto, porque toda prohibición,
temporal o perpetua, va contra la libertad e implica mengua de ella. Por eso
ningún hombre bueno pierde la libertad sin perder al mismo tiempo su alma”.
“Nunca se impuso sujeción y servidumbre
alguna, ni carga, sin que el pueblo que las iba a soportar consintiese
voluntariamente en dicha imposición. El pueblo mismo lo estableció así con los
príncipes, como lo demuestra el que inicialmente toda cosa, todo pueblo fueron
libres, de modo que si se hacían coacciones contra la voluntad del pueblo o del
dominio privado de una cosa, fue por la fuerza impidiendo al pueblo usar de la
libertad que le pertenecía de derecho natural. Nada hay más contrario al
derecho natural que privar de una cosa a su legítimo dueño, contra su voluntad,
que no quiere desprenderse de lo que es suyo propio, o entregarla al dominio
ajeno de cualquier modo ilícito. Además, en origen, toda la autoridad, potestad
y jurisdicción de los reyes, príncipes o cualesquiera supremos magistrados que
imponen censos y tributos proceden del pueblo libre. Los derechos civiles
comenzaron a existir cuando se fundaron las ciudades y se comenzaron a crear
magistrados y el Imperio Romano comenzó a transferir al príncipe toda la
potestad de imponer cargas.
De este modo el
pueblo fue la causa eficiente de todos los reyes, príncipes y magistrados
legítimos. Por tanto, si el pueblo fue la causa efectiva o eficiente y final de
los reyes y los príncipes, puesto que tuvieron origen en el pueblo mediante una
elección libre, no pudieron imponer al pueblo nunca más que los servicios y
tributos que fuesen gratos al mismo pueblo y con cuya imposición consistiese
libremente el pueblo. De donde se deduce claramente que al elegir al príncipe o
rey el pueblo no renunció a su libertad ni le entregó o concedió la potestad de
gravarle o violentarle o de hacer o legislar cosa alguna en perjuicio de todo
el pueblo o de la comunidad. No fue necesario explicitar esto cuando elegían al
rey, porque lo que está implícito ni se aumenta ni disminuye, aunque no se diga
expresa y declaradamente (De regia potestate. OC. 12, 61-62). Derecho a
libertad de pensamiento y creencias. Bartolomé de Las Casas defendió la
libertad de pensamiento y creencias como aspecto fundamental de la libertad
humana. Los indios tienen derecho a escuchar libremente la predicación del
evangelio y aceptar o no la religión cristiana. La religión cristiana, y toda
religión, no se puede imponer por la fuerza.
“La forma verdadera y necesaria de predicar el
Evangelio es aquella que con razones persuade al entendimiento, y con suavidad
atrae, mueve e induce a la voluntad”. Como las cosas físicas tienen tendencias
naturales, de la misma manera el hombre como ser racional tiende a ser
conducido de manera discursiva, respetuosa, dulce y suave, respetando su
capacidad de raciocinio y su libre albedrío. Como ser racional el hombre se
mueve por razones y argumentos y como sujeto de 19 libertad, su voluntad libre
se mueve agradándola y deleitándola, con el afecto y la belleza del discurso
bien construido y ornamentado. Para Bartolomé de Las Casas, la retórica como
arte de la argumentación, a fin de persuadir y convencer, tiene un papel clave.
En De unico vocationis modo omnium gentium ad veram religionem dedica toda una
parte a estudiar y valorar los preceptos de Cicerón sobre el arte de la
oratoria. La retórica, como buena argumentación razonable y emotiva, mueve al
hombre a la decisión y actuación. La retórica va dirigida al intelecto y al
afecto, a las ideas y a las emociones. El predicador o el maestro cuya misión
es instruir y atraer a los hombres a la recta fe y religión verdadera, debe
cuidar la norma y vigor de la retórica para conmover e inducir los ánimos de
sus oyentes.
“Una, sola e idéntica para todo el mundo y
para todos los tiempos fue la norma establecida por la divina providencia para
enseñar a los hombres la verdadera religión, a saber: persuasiva del
entendimiento con razones y suavemente atractiva y exhortativa de la voluntad.
Y debe ser común a todos los hombres del mundo, sin discriminación alguna de
sectas, errores o costumbres depravadas” (De unico vocationis modo. OC. 2, 17).
“La creatura racional ha nacido con aptitud para ser movida, conducida,
dirigida y atraída blandamente, con dulzura, con delicadeza y suavemente, por
su libre albedrío, de modo que voluntariamente escuche, voluntariamente
obedezca, voluntariamente se adhiera y se someta. Luego, el modo de mover y
dirigir, y de atraer a conducir a la criatura racional al bien, a la verdad, a
la virtud, a la justicia, a la recta fe y a la verdadera religión debe ser
conforme al modo, naturaleza y condición de la misma criatura racional, es
decir, dulce, blando, delicado y suave, de forma que espontáneamente, con
voluntad de libre albedrío, con su índole natural y capacidad escuche las cosas
que se proponen y anuncian acerca del fin, de la verdadera religión, de la
verdad, de la justicia y de lo demás que atañe a la fe y a la religión” (De
unico vocationis modo. OC. 2, 25).
“Quien desea inducir o conmover a sus oyentes
para los fines que intenta, necesita, en primer lugar, ganarse sus ánimos,
volviéndolos atentos, benévolos y dóciles, lo cual se consigue con la suavidad
de la voz, mostrando un semblante modesto, con expresión de mansedumbre y
delicadeza apacible de dicción; y en una palabra que enseñe, deleite y atraiga.
Se requiere, ciertamente, observar estos principios al predicar la fe y llevar
a los hombres a la verdadera religión, porque lo que atañe a la fe y religión
cristiana exceden toda facultad natural y son muy difíciles de entender, más
aún, no se entienden sino que creen sólo en virtud del imperio de la voluntad,
y son además, muy arduos de practicar y muy elevados para la esperanza, tal y
como en otro lugar se dijo” (De unico vocationis modo. OC. 2, 389). Derecho a
evangelizar, comunicar bienes y transmitir cultura.
La obra de Las
Casas De unico vocationis modo constituye la argumentación filosófica-teológica
más lograda sobre el valor universal de la evangelización pacífica. Los
cristianos tienen derecho a predicar el Evangelio en las Indias, como también
tienen derecho a intercambiar bienes, ideas y cultura, pero en ningún caso con
métodos violentos y guerras con los indios, usurpación de sus bienes y tierras,
sino siempre respetando su libertad.
Critica y
rechaza apasionadamente las razones que se daban para legitimar la presencia de
los españoles en las tierras descubiertas a saber: el dominio del papa o del
emperador sobre todo el orbe; la lucha violenta para castigar los pecados de
los indios, como la antropofagia y los sacrificios humanos; la imposición de la
religión cristiana como única verdadera. Al considerar si puede ser legítima la
intervención violenta cuando las prácticas de los infieles van contra los
derechos humanos, caso de la antropofagia y sacrificios humanos, llega a razonar
que cuando la intervención bélica genera más desgracias que dejar a los
infieles con esas prácticas criminales, hay que elegir el mal menor y dejarles
con tales prácticas.
Además, la
violencia y guerras contra los indios les llevarían a rechazar y odiar el
evangelio que es la misión fundamental. Bartolomé de Las Casas identifica cinco
partes que constituyen la esencia de la forma de predicar el Evangelio, de modo
que sea auténtica predicación y no imposición: “La primera es que los oyentes,
sobre todo infieles, comprendan que los predicadores de la fe no tienen ninguna
intención de adquirir dominio sobre ellos con la predicación…La segunda parte
consiste en que los oyentes, y sobre todo los infieles, entiendan que no los
mueve a predicar la ambición de tener…La tercera consiste en que los
predicadores se comporten de tal manera dulces y humildes, afables y apacibles,
amables y benévolos al hablar y conversar con sus oyentes… La cuarta parte, más
necesaria que las otras al menos para que la predicación le sea provechosa al
predicador es clamor de caridad con que Pablo acogía a todos los hombres del
mundo para que se salvaran; hermanas gemelas de la caridad son la mansedumbre,
la paciencia y la benignidad… La quinta parte queda reflejada en las palabras
de Pablo: Testigo sois vosotros, y también Dios, de cuan santa e
irreprochablemente nos comportamos con 21 vosotros, los creyentes, tanto antes
como después de vuestra conversión” (De unico vocationis modo. OC, 2, 247-259).
Derecho natural,
derecho de gentes y derecho positivo. Las exigencias y necesidades propias de
la naturaleza humana necesitan satisfacerse, generando los derechos naturales.
El derecho natural es el fundamento del derecho de gentes y el derecho
positivo. El derecho de gentes consiste en las convenciones y acuerdos de los
pueblos y naciones para gobernarse entre sí. El derecho positivo son las leyes
que rigen en una determinada comunidad.
Tanto derecho de
gentes como derecho positivo deben ajustarse a los principios del derecho
natural, para que sus leyes puedan ser consideradas justas. Las Casas escribe
en el Tratado comprobatorio del imperio soberano: “No es otra cosa derecha de
las gentes, sino algún uso razonable y conveniente al bien y utilidad de las
gentes, que fácilmente cognoscen por la lumbre natural, y en él todos
consienten como en cosa que les conviene, como las justas comutaciones, compras
y ventas y otras semejantes necesarias, sin las cuales los hombres unos con
otros vivir no podían. Y así el derecho de gentes se dice ser al hombre
natural, porque se deriva de la razón y ley natural, e tiene la fuerza y vigor
quel derecho natural, porque es de aquellas conclusiones comunes, que se
derivan del derecho natural inmediatamente, como de sus principios y según
enseña Sancto Tomás” (Tratados. OC. 10, 455).
Universalidad e
institucionalización de los derechos humanos Hemos analizado algunos aspectos
importantes de la larga vida y extensa obra de Bartolomé de Las Casas, y lo
hemos situado como eximio representante de la “generación cero” de los derechos
humanos.
Para finalizar
este trabajo, comentamos las tres etapas en el desarrollo histórico de los
derechos humanos, considerando a Bartolomé de Las Casas un adelantado en la
defensa actual de la universalidad, indivisibilidad e institucionalización de
tales derechos. La primera generación: los derechos de la libertad. La primera
generación recoge los derechos civiles y políticos, y se desarrolla en Europa y
América entre los siglos XVIII y XIX, con la Ilustración, la filosofía
racionalista y empirista, el idealismo, las revoluciones burguesas, las guerras
de independencia. La Declaración de Derechos de Virginia (1776) establece que
todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes y
tienen derechos innatos. El artículo 1º de la Declaración de los 22 Derechos
del Hombre y del Ciudadano de Paris (1789) proclama que los hombres nacen y
permanecen libres e iguales en derechos. Los derechos de la primera generación
son derechos individuales, civiles y políticos, que exigen respecto a la
dignidad de la persona, su integridad física, autonomía y libertad frente a los
poderes constituidos, y garantías procesales. Estos derechos tienen como
soporte las teorías del contrato social, el iusnaturalismo racionalista, la
filosofía de la Ilustración.
El impulso del
liberalismo progresista plasmó la declaración de estos derechos en los
preámbulos de las constituciones de los Estados naciones durante el siglo XIX,
favoreciendo así la extensión de los derechos civiles y políticos. El Pacto
Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en 1966, incorpora estos derechos. La segunda
generación: los derechos de la igualdad. Si los derechos de la primera
generación protegen al individuo frente al Estado, ahora se exigirá cierta
intervención del Estado para garantizar a los individuos los bienes sociales
básicos como la educación, la salud, el trabajo, la protección social. Estos
derechos defienden el disfrute de unas condiciones sociales que en la realidad
hagan posible a todas y cada una de las personas disfrutar de los derechos de
la primera generación.
Las realidades
sociales concretas impiden en muchos casos poner en práctica las declaraciones
de derechos liberales. No es verdad que todos los hombres nazcan iguales en
derechos y libres, más bien ocurría y ocurre lo contrario: las situaciones de
partida son radicalmente desiguales, y declarar en el campo teórico e ideal la
igualdad puede ser una estrategia para mantener, de hecho, reales
desigualdades. La progresiva realización de la democracia política, la
ampliación del sufragio y reformismo social del siglo XIX permitieron al constitucionalismo
liberal poder encajar los derecho económicos y sociales. Estos derechos son una
conquista del movimiento obrero, la nueva clase emergente con el desarrollo de
la sociedad industrial. La revolución bolchevique de 1917 también representó un
factor determinante.
Las
constituciones posteriores van introduciendo progresivamente el derecho a la
educación, al trabajo, etc. El Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas,
en 1966, compendia estos derechos. La tercera generación: los derechos de la
solidaridad. Después de la primera generación de los derechos civiles y
políticos, propios del constitucionalismo liberal, y de los derechos sociales y
económicos de la segunda generación, surge en la segunda mitad del siglo XX una
tercera generación de derechos, que podemos calificar como derechos de la
solidaridad. Estos derechos se configuran como declaraciones “sectoriales”, por
cuanto son derechos de personas concretas, pertenecientes a determinados
colectivos, que se ven discriminados o privados de algunos de sus derechos.
Desde las últimas décadas del siglo XX estos derechos de la solidaridad se
profundizan y amplían, demandando la solidaridad entre países ricos y pobres y
la superación de las desigualdades Norte-Sur; la solidaridad con la naturaleza,
exigiendo la protección del medio ambiente; la solidaridad con las culturas y
generaciones, reclamando respeto al patrimonio cultural. En 1968, La Comisión
Internacional de Derechos Humanos, reunida en Teherán para examinar los
progresos logrados en los veinte años transcurridos desde la aprobación de la
Declaración Universal de Derechos Humanos, pone en primer plano la solidaridad
y declara que, cuando en tantas partes del mundo prevalecen los conflictos y la
violencia, son más que nunca necesarias la solidaridad e interdependencia del
género humano. La paz y la justicia constituyen la aspiración universal de la
humanidad. Los cambios científicos, tecnológicos, económicos, políticos,
sociales y culturales que se han dado en la segunda mitad del siglo XX, y los
que se prevén para las próximas décadas del siglo XXI, plantean nuevos retos y
demandas en la profundización y extensión de los derechos de la solidaridad. El
abismo cada vez más profundo entre los países ricos, los menos, y los pobres,
la mayoría, en una economía globalizada y un mundo interrelacionado gracias a
las nuevas tecnologías de la información y comunicación, está exigiendo nuevas
respuestas. Un desarrollismo incontrolado e inhumano está devastando los
recursos naturales, esquilmando la herencia de una tierra habitable a la que
tienen derecho las generaciones venideras.
Las nuevas
tecnologías de información y comunicación amenazan los derechos de la persona a
la intimidad, a la información veraz, al pensamiento crítico, a la libre
expresión. El gran desafío para el siglo XXI está en lograr la universalización
efectiva de todos los derechos humanos para todos los seres humanos, sin
fronteras de estado, culturas, etnias. El gran riesgo está en la instalación de
la barbarie tecnificada y burocratizada de unas sociedades consumistas, las
menos, frente a una universalización de la pobreza y degradación del medio
natural y sociocultural.
La garantía de
conquista de todos los derechos humanos para todos los seres humanos está en su
institucionalización jurídica, que asegure y conserve lo conquistado; pero
conscientes de 24 que ningún ordenamiento jurídico es capaz de formular y
concretar definitivamente en un momento histórico los derechos humanos. El
concepto de naturaleza humana, quicio de la declaración de los derechos
humanos, no está fijamente establecido, sino históricamente configurado y
abierto a continua interpretación. Las transformaciones científico-tecnológicas,
sociales y culturales, plantean continuamente nuevas exigencias que los
ordenamientos jurídicos han de ir incorporando.
Así van
cristalizando nuevos derechos que aspiran a concretarse en declaraciones como
las anteriores de los derechos civiles y políticos y de los derechos
económicos, sociales y culturales. Se reivindica el derecho a la paz y a la
intervención desde un poder legítimo mundial en los conflictos armados, en las
violaciones masivas de los derechos humanos, en los genocidios y crímenes contra
la humanidad, en el terrorismo; el derecho a un orden internacional justo que
garantice las condiciones imprescindibles para una vida digna a todas las
personas en todo el planeta; el derecho a un desarrollo sostenido que permita
preservar el medio ambiente natural y el patrimonio cultural de la humanidad;
el derecho a un mundo multicultural, respetando las minorías étnicas,
lingüísticas, religiosas; el derecho a la libre circulación de personas, no
sólo de dinero y mercancías, que permita a los trabajadores inmigrantes obtener
un trabajo en otros países en condiciones dignas.
Este conjunto de
derechos va tomando forma, y son cada vez más reivindicados desde las últimas
décadas del siglo XX, y representan el gran reto para el siglo XXI. Se
fundamentan en el valor de la solidaridad que armonizan igualdad y diferencia.
Expresan un desarrollo individual y colectivo de la conciencia de unidad, de
pertenencia a interdependencia de cada ser humano con todos los demás, con el
entorno natural, con el pasado cultural y con las generaciones futuras. Esta
solidaridad se constituye en principio generador de derechos y deberes,
exigibles a todas las personas a todos los niveles, públicos y privados,
nacionales e internacionales. Como en la mayoría de los casos no están
recogidos en derecho positivo y carecen de legislación que los proteja,
requieren una gran movilización de las conciencias, una presión social, una
acción política, una profundización en la democracia.
Los derechos
humanos no son meras declaraciones de necesidades abstractas y atemporales, son
exigencias concretas reclamadas por personas de carne y hueso, que viven en un
lugar, una sociedad, un momento histórico determinado. La conciencia de los
propios derechos es, también, una conquista histórica, indicador del desarrollo
de la conciencia moral y la ética pública de la humanidad. Los derechos humanos
enmarcan un proceso continuo de avance de la humanidad, cuestionando desde
valores e ideales más específicamente humanos las condiciones de la realidad, a
fin de alcanzar unas sociedades más libres, justas, solidarias, y una vida
personal más realizada y feliz. Los derechos humanos tienen, así, un fundamento
ético, pero necesitan incorporarse al derecho positivo para realizarse
plenamente. Son pretensiones morales que alcanzan su realización cuando se
consideran derechos fundamentales positivos, reconocidos por normas, como
constituciones y leyes. Los derechos humanos no son creados por el poder
político, son anteriores al poder como conjunto de construcciones racionales y
valores para una vida humana digna en sociedades justas. Los derechos humanos
representan el contenido esencial de la ética pública de la modernidad y
expresan la legitimidad del poder político en las sociedades democráticas.
El poder es la
instancia mediadora para incorporarlos al derecho positivo y garantizar su
cumplimiento. Pero la aceptación en el nivel teórico de la universalidad e
indivisibilidad de los derechos humanos, se ve continuamente negada en los
hechos, tanto en los países más desarrollados como en los del Tercer Mundo. Se
constata una tendencia a destacar algunos de los derechos civiles, relegando a
un segundo plano otros derechos, particularmente los derechos económicos y
sociales. Debe ser un objetivo de los Estados democráticos garantizar los
derechos de las minorías y grupos, que continuamente van quedando excluidos en
las sociedades desarrolladas, como inmigrantes, refugiados, parados, sin techo,
drogadictos, presos, mujeres maltratadas, prostitutas, niños violados o explotados,
ancianos abandonados, etc.
Los derechos de
solidaridad internacional requieren mecanismos de concreción jurídica positiva
que los promueva y garantice. Tal concreción e institucionalización jurídica
encuentra muchos obstáculos por parte de estados y poderes establecidos. En la
sociedad civil, los movimientos sociales, las organizaciones no
gubernamentales, se muestran más activas y comprometidas con los derechos de
solidaridad a escala internacional. La paz, cooperación al desarrollo, ayuda
humanitaria, preservación del medio ambiente, protección del patrimonio,
movilizan cada vez más a amplios sectores de la sociedad civil, llegando a
niveles de compromiso admirables. La interdependencia en un mundo globalizado
plantea nuevas exigencias y se enfrenta a nuevos retos.
En todos los
niveles: persona, familias, empresas, instituciones locales, regionales,
estatales, organizaciones no gubernamentales, etc., es urgente un compromiso
con otras visiones y otras metas. Otro mundo es posible. Los recursos 26
económicos, científicos, tecnológicos están disponibles. Las voluntades
necesitan movilizarse. La información es un instrumento para crear una cultura
de responsabilidad y para hacer realidad los derechos humanos y el desarrollo
humano.
El objetivo es
generar información que pueda romper la barrera de incredulidad, apatía,
movilizando los comportamientos individuales y las políticas gubernamentales.
Es necesario y urgente facilitar el acceso a las nuevas tecnologías de
información y comunicación, la RED, y no sólo para el crecimiento económico,
productividad y capital humano, sino también para la salud, el desarrollo
personal, la educación, el ocio. Los derechos humanos son universales,
personales, indivisibles y mejorables. La Conferencia Mundial de Derechos
Humanos celebrada en Viena (1993) declaraba: “todos los derechos humanos son
universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí.
La comunidad
internacional debe tratar los derechos humanos en forma global y de manera
justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos los mismos pesos.
Debe tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y
regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y
religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales fueran sus sistemas
políticos, económicos y culturales, de proteger todos los derechos humanos y
las libertades fundamentales”. La globalización de nuestro mundo requiere un
nuevo orden económico-social-político supraestatal. Conforme al artículo de la
Declaración de Derechos Humanos: “toda persona tiene derecho a que se
establezca un orden social internacional en el que los derechos y libertados
proclamadas en esta Declaración se hagan plenamente efectivos”. Bartolomé de
Las Casas fue un adelantado a su tiempo. Su persona y obra se nos presentan
iluminadoras también en nuestro tiempo. En el siglo XVI, fue capaz de situarse
en un plano supranacional, universal, defendiendo los derechos de todos los
hombres, la universalidad e indivisibilidad de los derechos. Su vida fue un
compromiso con la dignidad del hombre, la libertad, la justicia, la paz.
Hace quinientos
años, imaginó y deseó fervientemente para el Nuevo Mundo otros caminos y otras
metas. Su vida y su obra nos animan hoy a imaginar y pensar en otro mundo.
RESUMEN
La persona y obra de Fray Bartolomé de las Casas (1484-1566) se nos presenta en nuestro tiempo estrechamente ligada a la teoría y práctica de los derechos humanos. Bartolomé de las Casas fue el defensor de los indios y, por ende, defensor de los hombres, de todos los hombres, de todos los oprimidos en todos los tiempos y en todos los lugares. Defenderá sus derechos como seres humanos, personas racionales y libres, y luchará por conseguir para ellos la dignidad, la libertad, la justicia, preservar su cultura, su tierra y sus bienes.
todos estáis en pecado mortal y en él vivís y morís por la crueldad y tiranía que usáis con estas inocentes gentes. Decid, ¿con qué derecho y con qué justicia tenéis en tal cruel y horrible servidumbre a estos indios? Con qué autoridad habéis hecho tan detestables guerras a estas gentes que estaban en sus tierras mansas y pacíficas; ¿dónde tan infinitas de ellas, con muertes y estragos nunca oídos, habéis consumido? ¿Cómo los tenéis tan opresos y fatigados, sin dales de comer ni curar sus enfermedades, que de los excesivos trabajos que les dais incurren y se os mueren, y por mejor decir, los matáis, por sacar y adquirir oro cada día? ¿Y qué cuidado tenéis de quien los doctrine, y conozcan a su Dios y criador, sean bautizados, oigan misa, guarden las fiestas y domingos? ¿Estos, no son hombres? ¿No tienen ánimas racionales? ¿No sois obligados a amaros como a vosotros mismos? ¿Esto no sentís? ¿Cómo estáis en tanta profundidad de sueño tan letárgico dormidos? Tened por cierto, que en el estado que estáis, no podéis más salvar que los moros o turcos que carecen y no quieren la fe de Jesucristo” (Historia de las Indias. Obras Completas (en adelante OC) 5, 1761-1762).
Cabe pensar que el estudio, las lecturas, la reflexión y elaboración doctrinal de Bartolomé de Las Casas, estaría muy orientado y condicionado desde sus experiencias y vivencias previas con los indios, en sus años de encomendero. Durante esos años de vida conventual, de 1522 a 1526, es un tiempo de estudio, profundizando en la doctrina teológica, filosófica y jurídica de Santo Tomás, Cardenal Cayetano, Francisco de Vitoria, entre otros muchos autores. Escribe una de sus grandes obras, De unico vocationis modo omnium gentium ad veram religionem, que contiene la estructura vertebral de la doctrina lascasiana. Argumenta que la conversión de los indios al evangelio debe lograrse exclusivamente mediante la persuasión y nunca por la violencia. Se muestra como gran defensor de los indios.
Sólo hay un camino establecido por Dios para que los hombres reciban la religión verdadera: “la persuasión del entendimiento por medio de razones y la invitación de la voluntad”. “Única, sola e idéntica para todo el mundo y para todos los tiempos fue a la norma establecida por la divina providencia para enseñar a los hombres la verdadera religión, a saber: persuasiva del entendimiento con razones y suavemente atractiva y exhortativa de la voluntad. Y debe ser común a todos los hombres del mundo sin discriminación alguna de sectas, errores o costumbres depravadas”
El hombre tiene derecho a la libertad de pensamiento y de acción, en el marco del bien común. Tiene derecho a vivir en sociedad, a aceptar a sus gobernantes, a practicar libremente una religión, a comunicarla a los demás.
Bartolomé de Las Casas defiende los mismos derechos para los indios y para los españoles (también para los negros), si bien en estricta justicia tendrá en primer plano la defensa de los que él considera más débiles, los indios. En los indios, como seres humanos de plenos derechos, argumenta su racionalidad, libertad, sociabilidad, derecho a gobernarse, a preservar su cultura, tener posesiones y tierras, a aceptar libremente la religión cristiana. Los españoles tienen derechos a establecerse en otras tierras y tener posesiones, a comunicar su cultura, a predicar el evangelio, pero todo ello preservando los derechos de los indios y el bien común. Todos los hombres son racionales y libres. Todos los hombres tienen la misma estructura de cuerpo y alma. Todos están dotados de entendimiento y voluntad.
Murió, días después, el 18 de julio de 1566, en el convento de Nuestra Señora de Atocha, en Madrid, y fue sepultado en la capilla mayor del convento. La vida y obra de Bartolomé de las Casas es la respuesta a la denuncia de Montesinos en el famoso sermón: “Los indios, ¿no son hombres, no tienen ánimas racionales? Reafirmará, una y otra vez, la humanidad del indio, la racionalidad, la dignidad y libertad, el derecho a su tierra y a sus tesoros, a su cultura, a su autodeterminación como pueblo.
Articulo
La
iglesia durante el transcurso de sus vivencia ha tenido personas que ha experimentado la presencia viva y real
de cristo, que es ahí donde podemos plantar a Fray Bartolomé de la Casas, el
cual descubrió a cristo en aquel indio el cual no tenía importancia para aquel
contexto, pues se veían como seres sin derechos de los cuales todo mundo podía despropiar,
acabar o esclavizar es ahí donde Bartolomé nos muestra lo importante que también
son para Dios estos seres.
Además
en aquel entorno opuso de frente ante la
misma iglesia y el gobiernos, todos los
derechos de aquellos seres marginados y olvidados por el poder, para así alcanzar
la dignidad que todo ser humano se merece, la libertad con la cual nacemos y si
no cometemos falta que afecten en el entorno debo vivirla plenamente, la
justicia que se ve tan machada por el dinero el poder y la humillación del que
no tiene, además de preservar las rices culturales que son lo que identifican
un pueblo en cualquier otro campo cultura, aunque reconociendo que muchas de
ellas se perdieron y por ultimo es importante que aquellas personas no se le
perdieran sus bienes.
Al servir
al señor debía denunciar antes el pueblo el pecado tan insensible que estaban
haciendo con el mismo Dios, pues son estos también hijos creados a a imagen y
semejanza del señor, por tanto anunciaba lo mal que le va a las personas que
obran de formar inmoral con el único objetivo de acabar la vida, la
tranquilidad y la confianza del pueblo para con el señor por tanto, es
importante resaltar como denuncio el pecado, por lo cual esto lo hace un profeta
más del cual el pueblo podía confiarse y
del cual sabíamos que era la misma voz de DIOS.
Además
podemos estar seguros que de las casa tenía muy clara la doctrina verdadera del
señor pues era un hombre estructurado en
la forma de hablar, de pensar, de actuar y de guiar, podríamos aludir que el
fuego del espíritu santo estaba en el y por lo cual su doctrina filosófica y teológica
estaban bien marcada por la luz irradiante del espíritu que es verdad, por cual
la verdad de la sabiduría le hablo del tan ahogante sufrimiento del señor por
el pueblo marginado y es así como obra para alcanzar la verdad que es cristo
resucitado en medio de cada uno de nosotros.
Por tato
en entendimiento es importante pedirlo al señor para que cada uno de nosotros
comprenda al marginado que cada tiempo en el tiempo de fray eran los indios hoy
pueden ser aquellos seres que no se siente amados, respetados, los niños
abortados, las personas que excluyen por feas, por no vivir en el estándar que la
sociedad quiere vender al pueblo a las personas que no tiene entendimiento de
la cosas, por lo cual pidamos la luz del espíritu para que ayude a defender a
cada uno de nosotros los derechos de aquellas personas que no son respetadas
por nadie, pues todo somos seres de respeto así estemos en nuestros vientres,
mujeres si no quieren tener un hijo, cuídense al momento de estar con un
persona en la intimidad esto le sirve para que no tenga seres que no quiere y
lo único que usted y las personas que rodean van hacer es un pecado mortal que
es nada ni nada menos que un asesinato.
Para
finalizar quiere resaltar a muchos pueblos que hoy en día pierden sus culturas,
su dignidad, su libertad por seres en los cuales pusieron su confianza y lo único que hicieron fue acabar con ellos
por tanto mediante este escrito quiere pedir a líderes sociales como
presidentes, gobernadores, alcaldes, concejales, presidentes de juntas de acción
comunales, que trabajen por sus pueblos y que imagen de Jesucristo y Fray Bartolomé
de las Casas puedan defender al pueblo en vez me marginarlos, porque hay un
dicho hoy por mí, mañana por ti.
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